Cárcel para un hombre que dejó a un empleado de Edesal con lesiones graves
Este miércoles al mediodía, la Fiscalía N° 1 presentó ante el Juzgado de Garantía N° 2 la formulación de cargos contra William Alexander Lagos, investigado por un hecho ocurrido el 15 de noviembre en perjuicio de Daniel Sosa, empleado de la empresa de energía eléctrica EDESAL.
De acuerdo con la teoría del caso narrada por el fiscal Francisco Assat, el episodio se registró cerca de las 12 del mediodía, cuando Sosa y un compañero acudieron a verificar un medidor en el barrio 30 Viviendas Sur. En ese momento, Lagos habría ingresado al vehículo de la empresa y sustraído la billetera de uno de los trabajadores. Tras ser descubierto, huyó hacia el oeste, pero fue alcanzado a pocos metros por ambos empleados.
La persecución derivó en un forcejeo, durante el cual —según la formulación— el imputado extrajo un cuchillo mientras una persona no identificada arrojó una piedra para impedir la aprehensión. El proyectil impactó directamente en la cabeza de Sosa, provocándole un hundimiento de cráneo que requirió una intervención quirúrgica de urgencia en el Hospital Ramón Carrillo.
Un día después, la Fiscalía ordenó y realizó un allanamiento en el domicilio de Lagos, ubicado en el barrio Néstor Kirchner, donde se secuestraron múltiples tarjetas y documentación pertenecientes a las víctimas, además de prendas de vestir coincidentes con las registradas en material fílmico aportado a la investigación.
Pese a contar con orden de detención, Lagos permaneció oculto hasta el 2 de diciembre, cuando fue identificado por personal de DRIM en inmediaciones de calle Mendoza al 1009, en el marco de otra denuncia por sustracción de un teléfono celular. El dispositivo fue encontrado entre sus pertenencias al momento de su aprehensión.
Con la evidencia reunida —entre ellas actas policiales, entrevistas, material de cámaras de seguridad y resultados del allanamiento— la Fiscalía imputó a Lagos como autor del delito de robo calificado por las lesiones graves causadas a la víctima y por el uso de arma, en concurso real con encubrimiento (arts. 166 incs. 1 y 2, 277 inc. C en relación al 45 y 55 del CPA).
Asimismo, el Ministerio Público Fiscal solicitó la prisión preventiva por 90 días, al considerar acreditados los riesgos procesales. Entre ellos, el peligro de fuga —especialmente por el tipo de pena en expectativa, los antecedentes condenatorios y su conducta evasiva posterior al hecho— y el riesgo de entorpecimiento, dada la cantidad de testigos del barrio que manifestaron temor a represalias.
La jueza Agustina Dopazo, luego de escuchar a las partes, dio por formulados cargos e hizo lugar al pedido de la medida cautelar de la Fiscalía pero por un plazo de 75 días.











