Caso Molino Fénix: La defensa de uno de los imputados apeló la formulación de cargos

En audiencia ante el Colegio de Jueces de Villa Mercedes, la defensora oficial argumentó que su asistido era un empleado contratado sin poder de decisión ni manejo de fondos. Sostuvo que se configuró una «obediencia debida» y rechazó los cargos por asociación ilícita, administración fraudulenta y destrucción de evidencia. El tribunal dará a conocer su resolución en los plazos legales.

En una nueva jornada clave en los tribunales de Villa Mercedes, este martes se desarrolló la audiencia de apelación contra la reciente ampliación de formulación de cargos dictada en la causa que investiga presuntas maniobras delictivas, malversación de fondos públicos y vaciamiento en el complejo cultural Casa de la Música – Molino Fénix.

El recurso fue elevado por la Defensora Oficial Adjunta en lo Penal, Ximena Bertoli, en representación de Diego Torres, uno de los cinco imputados que enfrenta la causa junto a la exdirectora del complejo Anabela Lucero, el diputado provincial Joaquín Beltrán, Enzo Lucero y Exequiel Scarel.

Durante la audiencia —celebrada en la Sala Nº 3 del Colegio de Jueces e integrada por los magistrados Hernán Herrera, María Monserrath Bocca y Marcelo Bustamante Marone—, la defensa técnica solicitó que se revoque la atribución de cargos, argumentando que la resolución inicial del Juez de Garantía ocasiona un «gravamen irreparable» a Torres.

Los argumentos de la Defensa: «Instrucciones de superiores y sin capacidad de decisión»

La defensora pública sostuvo que el Ministerio Público Fiscal partió de una premisa errónea al equiparar la situación de Torres con la de los exfuncionarios con poder de mando. Según expuso Bertoli, su representado ingresó como empleado público contratado, carecía de formación profesional específica y jamás tuvo capacidad ni potestad para disponer de fondos o autorizar pagos.

Entre los puntos centrales de la apelación, la defensa argumentó:

  • Obediencia debida (Art. 34 inc. 4° del Código Penal): Explicó que Torres ejecutaba tareas y órdenes impartidas por sus superiores jerárquicos dentro de la estructura administrativa del Molino Fénix. Para sustentar esta postura, citó los testimonios de tres excompañeros de oficina que ratificaron la dinámica de trabajo y quiénes ejercían las directivas.

  • Asociación Ilícita: Remarcó que no existe evidencia objetiva que pruebe cuándo se habría conformado dicho acuerdo criminal ni en qué momento su asistido manifestó su voluntad libre y consciente de integrarlo.

  • Administración Fraudulenta: Señaló que cumplir funciones en una oficina administrativa no convierte automáticamente a un empleado en responsable o administrador del patrimonio público.

  • Destrucción de Evidencia: Negó rotundamente que Torres haya participado en la quema de documentación contable o el borrado de registros digitales, indicando que Fiscalía no presentó elementos fácticos que lo ubiquen en tales maniobras.

La postura de la Fiscalía y la Querella

Por su parte, el Fiscal de Instrucción Nº 3, José Olguín, solicitó el rechazo de la apelación. Sostuvo que el rol de Torres en la estructura fue detallado oportunamente y que su participación resultó clave en diversas operaciones irregulares, manejo de caja chica y entrega de vales, descartando de plano la figura de la obediencia debida.

En la misma línea, el representante de la Fiscalía de Estado, Flavio Ávila, adhirió al pedido del Ministerio Público Fiscal, señalando que existen pericias e intercambios digitales que vinculan a Torres con el resto de la organización y que darían cuenta de su contribución en la sustracción y ocultamiento de elementos probatorios.

Tras escuchar los alegatos de las partes, los jueces informaron que emitirán su fallo dentro del plazo que establece el Código Procesal Penal provincial.

El trasfondo del expediente: un presunto fraude de $900 millones

La audiencia de este martes se desprende de la resolución emitida a fines de agosto por el Juez de Garantía Nº 4, Santiago Ortiz, donde se formalizó la ampliación de cargos por un fraude estimado en 900 millones de pesos cometidos entre 2020 y 2023.

En aquella oportunidad, la Justicia dictó la prisión preventiva por 60 días para Anabela Lucero, Enzo Lucero y Exequiel Scarel, dispuso iniciar el trámite de desafuero parlamentario para el diputado Joaquín Beltrán y mantuvo en libertad a Diego Torres por ser el único imputado que se presentó espontáneamente y ha permanecido a derecho desde el inicio de la investigación.

 

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