Imputaron a Bazla y Poggi le aceptó la renuncia: el escándalo que golpea al corazón del área de Ética

El gobernador de San Luis, Claudio Poggi, aceptó la renuncia de Ricardo Bazla, quien ya fue formalmente imputado en una causa por presunta defraudación contra la administración pública.

La salida del funcionario no fue preventiva ni estratégica: llegó después de que la Justicia avanzara y le formulara cargos, convirtiendo lo que hasta hace días era una crisis política en un problema judicial concreto.

De “controlar la ética” a estar imputado

Bazla ocupaba un rol sensible dentro del esquema de gobierno: estaba al frente de la Secretaría de Ética Pública y Control de Gestión, el área encargada de auditar el uso de recursos estatales.

La imputación, en ese contexto, no solo tiene impacto judicial sino también simbólico: el funcionario responsable de controlar la transparencia terminó acusado de perjudicar al Estado.

En términos de gestión, el caso dinamita el relato de control interno y deja un vacío incómodo en una de las áreas más delicadas del Ejecutivo.

La causa: el maíz que se evaporó

El expediente gira en torno al campo “El Caburé”, un establecimiento bajo órbita estatal donde se detectaron irregularidades en la administración de la producción agrícola.

El punto crítico: la desaparición de una cosecha de maíz valuada en millones de dólares, sin trazabilidad clara sobre su destino.

Por este hecho, la Justicia avanzó con la formulación de cargos e imputó a Bazla como presunto coautor de una maniobra de defraudación. La causa no es menor: implica posible perjuicio directo a las arcas públicas.

Un caso que se dio vuelta

Uno de los elementos más incómodos del expediente es su origen: el propio Bazla había impulsado denuncias internas por irregularidades en el manejo del campo.

Hoy, esa narrativa quedó invertida. Lo que en su momento se presentó como un intento de transparentar la gestión, ahora forma parte de una causa que lo tiene en el centro de la escena judicial.

A eso se suma la declaración de otros implicados, que mencionaron la existencia de órdenes superiores, abriendo la puerta a que la investigación escale.

De la licencia al desenlace inevitable

El primer movimiento defensivo fue pedir una licencia sin goce de haberes para enfocarse en la causa. Pero la imputación formal cambió el tablero.

Con cargos ya formulados, la continuidad en el cargo era políticamente inviable. La renuncia terminó siendo una salida obligada más que una decisión voluntaria.

Lo que viene

Con Bazla fuera del cargo e imputado, el foco se traslada de lleno al expediente judicial.

Las próximas etapas serán clave para definir si la causa se mantiene acotada o si escala en responsabilidades dentro de la estructura estatal.

Mientras tanto, el Gobierno enfrenta un desafío de gestión y comunicación: reconstruir credibilidad en el mismo terreno donde acaba de recibir el golpe más incómodo.

Así lo comunicó el Poder Judicial en un parte de prensa:

En una audiencia desarrollada en el Juzgado de Garantía Nº 1, el Ministerio Público Fiscal (MPF) relató los hechos investigados y solicitó se formulen cargos en contra de Ricardo André Bazla –Secretario de Ética Pública y Control de Gestión- como autor del delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.

La Fiscalía explicó que la causa inició con una denuncia en diciembre de 2025 y que se está investigando la comisión de delitos en un campo de 1997 hectáreas ubicado en la Ruta Provincial N° 27, en el Kilómetro 144, conocido como “El Caburé”.

El Fiscal, Dr. Leandro Estrada mencionó que se realizaron actos de disposición de la cosecha sin el cumplimiento de procedimientos administrativos en perjuicio de los intereses del Estado. Se violaron los procedimientos establecidos en relación a las formas y condiciones de contratación previstos en la Ley de Contabilidad.

A los fines de contextualizar los hechos, el Fiscal explicó que en el año 2018 se rescindió un contrato a la firma El Caburé que utilizaban para actividades agrícolas y en el año 2022, la empresa celebró un contrato de aparcería.

Una vez que el gobierno provincial recuperó el campo –año 2024-, el imputado junto a otra persona se constituyó en garante y sin los procedimientos administrativos correspondientes se llevaron a cabo contrataciones para la cosecha de maíz, es decir que a fines de 2024 el lugar no contaba con la misma condición patrimonial por lo que constituyó una defraudación al estado provincial.

El Dr. Pascual Celdrán solicitó la ampliación  de la formulación de cargos y que sea imputado por falsedad ideológica por la utilización y falsificación de instrumentos de uso público, estafa procesal, abuso de autoridad, hurto calificado, peculado. Consideró que existió una prosecución de actos delictivos de Bazla y de otras personas y que la propiedad del maíz le corresponde a las firmas que tenían el contrato anteriormente.

El Dr. Viano coincidió con Celdrán en cuanto a los delitos imputables y dijo que no existen actos administrativos para tomar la posesión del campo. También hizo una reseña acerca de las contrataciones relacionadas a la posesión del lugar.

Por su parte el representante de la Fiscalía de Estado adhirió a lo solicitado por el MPF.

Luego, cuando fue el turno de la defensa, tomó la palabra el Dr. Gustavo Reviglio y explicó que Darío Oviedo prestaría declaración, atento los hechos expuestos durante el transcurso de la audiencia.

Oviedo se refirió a la resolución con la que fue designado normalizador del Pueblo Ranquel y en relación a las acciones llevadas a cabo en el establecimiento El Caburé aseguró que cumplió indicaciones de sus superiores jerárquicos. Mencionó las evidencias incorporadas a través de comunicaciones telefónicas.

A continuación, el Dr. Rivadera tomó la palabra en representación de Bazla  y aseguró que se irían de la audiencia con más dudas que certezas. No formuló objeción a la calificación legal pretendida por el Ministerio Público Fiscal, en los términos del Art . 174 inc. 5 del Código Penal Argentino y rechazó las pretensiones formuladas por las Querellas.

Formulación de cargos: luego de escuchar a las partes, el Juez  explicó que admitiría todos los cargos pretendidos – por el Ministerio Público Fiscal y Fiscalía de Estado y por las Querellas – y en ese sentido tuvo por formulados cargos provisorios en contra de Ricardo André Bazla por los delitos de :  defraudación (Art 174 Inc 5º del Código Penal Argentino ); falsedad ideológica, utilización de un instrumento público agravado por la calidad del presunto autor, estafa procesal, incumplimiento de los deberes de funcionario público, abuso de autoridad, peculado y hurto.

MEDIDAS CAUTELARES

En relación a las medidas cautelares, el MPF pidió la firma del libro de presencia del 1 al 5 de cada mes por el término de cuatro meses, la prohibición de acercamiento a personas que tienen participación en el proceso  y la prohibición de salida del país. Fiscalía de Estado se adhirió a lo solicitado por el Ministerio Público Fiscal.

Por otro lado, el Dr. Pascual Celdrán solicitó la prisión preventiva por el término de 60 días, en el mismo sentido lo pidió el Dr. Viano. Ambos consideraron que era la única medida eficiente a los fines de evitar el entorpecimiento del proceso. En ese sentido, destacaron conductas desplegadas por el imputado durante la investigación. En forma supletoria, Viano pidió una prohibición de ingreso a los edificios del Poder Ejecutivo Provincial y del Poder Judicial y la prohibición de acercamiento del imputado hacia funcionarios del ejecutivo.

Luego de escuchar a las partes, el Juez dispuso las medidas solicitadas por el Ministerio Público Fiscal y además, ordenó a Bazla la prohibición de contacto con funcionarios públicos y el ingreso a Casa de Gobierno, salvo expresa autorización judicial.

CUESTIONES PRELIMINARES

Previo  a la formulación de cargos, la Defensa de Ricardo André  Bazla planteó  la nulidad de todo lo actuado en marco de la investigación por verse comprometido el derecho de defensa. Argumentó  que se omitió la notificación prevista en el Art. 38 del Código Procesal Penal de la Provincia de San Luis.

Frente a este planteo, el Ministerio Público Fiscal explicó que la aplicación del Art. 38 corresponde únicamente a las personas detenidas  y que Bazla  realizó una presentación espontánea en octubre del 2024, lo que lo eximió  de esa notificación, es decir, que tenía pleno  conocimiento de la causa y que tuvo participación voluntaria desde el inicio de la investigación y que intervino activamente en el proceso. Rechazó el planteo de nulidad de la Defensa.

En el mismo sentido se expidieron los Dres. Celdrán y Viano, mientras que el Dr. Flavio Ávila consideró que no existió un perjuicio concreto y pidió que la nulidad pretendida por la Defensa fuera rechazada.

El Juez rechazó el planteo de  nulidad y no advirtió que se hubiera violado el derecho de Defensa, asimismo destacó que el imputado participó activamente del proceso. La Defensa planteó recurso de apelación.

En el mismo sentido, el Dr. Rivadera solicitó la suspensión de la audiencia inter se resuelva el planteo, las partes se opusieron y el Juez no hizo lugar.

La audiencia se desarrolló en la Sala de Juicios Orales Nº 2 de Villa Mercedes. Intervino el Juez de Garantía Nº 1, Dr. Alfredo Cuello; como Secretario el Dr. Fabián Aguilar; en representación del Ministerio Público Fiscal los Dres. Leandro Estrada y Alexis Chavero; por Fiscalía de estado Flavio Ávila y  Juan Ignacio Trusendi; por la Querella los Dres.  Pascual Celdrán y Alejandro Viano; y en la Defensa de Ricardo Bazla el Dr. Bautista Rivadera; y en la de Darío Oviedo el Dr. Gustavo Reviglio.

 

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