Una exintendente de Renca le deberá pagar $6 millones al Estado Provincial

El juez de Garantía N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial, Nicolás Coppola, homologó un acuerdo conciliatorio y de reparación integral celebrado entre la Fiscalía de Estado de la Provincia de San Luis y la ex intendenta comisionada de Renca, María Ester Fariña, quien había sido imputada por delitos contra la administración pública.

La audiencia se realizó este martes y contó con la participación del fiscal de Instrucción N° 1, César Hugo Salazar Molina; la fiscal adjunta Andrea Yamil Aguilar; el fiscal de Estado Rafael Berruezo, quien intervino de manera remota; el abogado querellante Juan Ignacio Trusendi; los defensores Francisco Muñoz y Mario Rito Aimale; y la imputada María Ester Fariña.

Durante la audiencia, Fiscalía recordó que el 19 de diciembre de 2025 se formularon cargos contra Fariña por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público en dos hechos, peculado, usurpación de títulos y honores y estafa, todo ello en concurso real y en perjuicio de la administración pública provincial.

Según se expuso en aquella oportunidad, los hechos investigados se remontan al período en que Fariña se desempeñó como intendenta comisionada de la localidad de Renca, entre 2011 y 2015, e incluían presuntas irregularidades vinculadas con la falta de rendición de balances y la emisión de cheques.

En esta nueva audiencia, las partes informaron que arribaron a un acuerdo conciliatorio en el marco del artículo 223 del Código Procesal Penal de San Luis. El convenio fue suscripto por la Fiscalía de Estado de la Provincia, representada por Rafael Berruezo y Juan Ignacio Trusendi, y por María Ester Fariña junto a sus abogados defensores Francisco José Muñoz y Mario Rito Aimale.

Ante ello, el Ministerio Público Fiscal, haciendo uso del criterio de oportunidad, no se opuso a la propuesta presentada y solicitó la homologación del acuerdo firmado por las partes.

El acuerdo establece que la imputada deberá abonar al Estado provincial la suma total de seis millones de pesos ($6.000.000) en concepto de reparación integral. El pago se realizará en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Tras escuchar a las partes y efectuar el correspondiente control de legalidad, el magistrado resolvió homologar el acuerdo en todos sus términos. Asimismo, dejó constancia de que el cumplimiento íntegro y oportuno de las obligaciones asumidas producirá la extinción de la acción penal, pudiendo solicitarse posteriormente el sobreseimiento y archivo de la causa.

La Fiscalía también dejó asentado que, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones pactadas, la parte damnificada podrá solicitar la revocación de los efectos del acuerdo y la continuidad del trámite penal.

¿QUÉ ES ESTE ACUERDO?

El acuerdo conciliatorio previsto en el artículo 223 del Código Procesal Penal de San Luis es un mecanismo alternativo de resolución de conflictos que permite, en determinados casos, arribar a una solución consensuada entre las partes mediante la reparación integral del daño ocasionado. Una vez homologado judicialmente y cumplidas las condiciones pactadas, puede derivar en la extinción de la acción penal.

La extinción de la acción penal implica que el Estado pierde la facultad de continuar con la persecución penal respecto de esos hechos, por lo que la causa puede cerrarse sin llegar a una condena. La conciliación y la reparación integral son una de las formas previstas por la ley para que ello ocurra.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *