Caso Fernando Gil: Dictaron prisión preventiva para tres sujetos y prisión domiciliaria para una joven por una causa de homicidio doblemente calificado

Este lunes 8 de junio, la Justicia provincial dispuso la prisión preventiva por el término de 90 días para tres sujetos de 23, 28 y 55 años de edad, por ser considerados coautores del delito de homicidio doblemente calificado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas, en perjuicio de Fernando Gil. En tanto, una joven de 22 años, considerada partícipe secundaria del mismo delito, deberá cumplir prisión domiciliaria.

La medida fue ordenada por el Juzgado de Garantías N° 2, a cargo de la Dra. María Agustina Dopazo, tras la correspondiente audiencia de formulación de cargos, en el marco de la causa en la que interviene la Fiscalía de Instrucción N° 4, a cargo del Dr. Javier Amitrano.

En ese sentido, efectivos del Departamento de Homicidios, perteneciente a la Dirección General de Investigaciones (DG-13), trasladaron a los tres sujetos al Servicio Penitenciario Provincial, mientras que la joven fue trasladada a una vivienda para cumplir la prisión domiciliaria.

 

La jueza de Garantía N° 2 de la ciudad de San Luis, Agustina Dopazo, resolvió este lunes la situación procesal de las 4 personas imputadas por el homicidio de Fernando Gil, luego de que se cumplieran los ochos días de prórroga que pidió la defensa. La magistrada hizo lugar parcialmente al pedido de la Fiscalía de Instrucción N° 4 y ordenó la prisión preventiva de Walter Daniel Agüero, Damián Emanuel Agüero y Leonardo Alberto Agüero, y la prisión domiciliaria para Rosa Noemí Giménez.

El plazo de la medida cautelar será por 90 días y no por 120, tal como lo habían solicitado el fiscal Javier Amitrano y la fiscal adjunta Antonella Romagnoli, con la colaboración del Fiscal de Instrucción en lo Penal Nº 1 Francisco Assat.

De esta manera, Walter, Damián y Leonardo Agüero están imputados por homicidio doblemente calificado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas, y fueron trasladados al Servicio Penitenciario mientras que Rosa Noemí Giménez fue imputada como partícipe secundaria del hecho.

La defensa técnica de los imputados, representada por Ricardo Gutiérrez Esley y Adriana Gargiulo, dijeron que la investigación era “endeble” y que no se habían probado la existencia de riesgos procesales para dictar una preventiva contra sus defendidos. Subsidiariamente, solicitaron que la adolescente cumpla la medida cautelar en el domicilio de su suegra o de sus padres.

Antes de resolver, Dopazo escuchó a la suegra de la imputada y a sus progenitores, quienes manifestaron su disposición a recibirla en sus respectivos domicilios. Finalmente, la jueza dispuso que la prisión domiciliaria se cumpla en la vivienda de sus padres, al valorar su situación de vulnerabilidad y discapacidad, ordenando además controles semanales por parte del Instituto de Reinserción Social.

En sus argumentos, la magistrada consideró acreditados, en esta etapa inicial de la investigación, los riesgos de fuga y de entorpecimiento, teniendo en cuenta la gravedad de la imputación, la solidez de la evidencia reunida, la expectativa de una pena de cumplimiento efectivo y las medidas de prueba que aún restan producir. La magistrada también valoró los indicios vinculados a presuntas maniobras de ocultamiento, como la información brindada al 911, el borrado de mensajes y la necesidad de proteger a testigos que manifestaron temor y solicitaron resguardo.

La querella estuvo representada por la abogada Soledad Poma de Otaegui y también actuó Sebastián Privitera de la Defensoría de Niñez e Incapaces Nº 1, en representación de Giménez. La intervención de este organismo fue requerida al plantearse que la imputada presenta una discapacidad intelectual leve. El defensor oficial adhirió al pedido de prisión domiciliaria.

La causa

La investigación reconstruyó las últimas horas de Fernando Gil desde la tarde del 2 de abril de 2026. Tras reunirse con familiares en su vivienda del Barrio 24 Viviendas, fue invitado por un amigo a compartir una cena y ver un partido de fútbol en una casa ubicada sobre la Ruta Nacional 146. Durante la noche consumió bebidas alcohólicas junto a otras personas y permaneció en el lugar hasta la madrugada.

Según la teoría del caso de la Fiscalía, alrededor de las 05:24 del 3 de abril solicitó un Uber para regresar a su domicilio. Sin embargo, se habría desorientado y, en lugar de dirigirse al punto de encuentro con el vehículo, caminó en sentido contrario, cruzó la ruta e ingresó al predio donde residía la familia Agüero.

La hipótesis de la Fiscalía sostiene que Walter, Damián y Leonardo Agüero lo sorprendieron dentro del terreno, creyeron que intentaba cometer un robo y lo redujeron mediante golpes. Luego, cuando se encontraba inconsciente pero aún con vida, lo habrían arrojado a un pozo de agua de aproximadamente cuatro metros de profundidad, donde finalmente murió ahogado.

Tras el hecho, la acusación afirma que se desplegó una maniobra para ocultar lo ocurrido. Se realizaron llamados al 911 con versiones contradictorias sobre lo sucedido y, durante el primer procedimiento policial, los efectivos no llegaron al sector donde se encontraba el pozo. El cuerpo de Fernando Gil fue hallado recién tres días después por trabajadores de una cantera que funciona dentro del predio.

La investigación incorporó además registros de cámaras de seguridad, pericias toxicológicas, análisis de teléfonos celulares, mensajes recuperados y búsquedas realizadas en internet que, para la Fiscalía, refuerzan la teoría del caso.

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