Prisión efectiva para una mujer que cometió hurtos en la ciudad de San Luis
El Juzgado de Garantía Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial homologó un acuerdo de juicio abreviado y condenó a Vanesa Marilin Marlene Velázquez a la pena de un año y siete meses de prisión efectiva por cuatro hechos ocurridos entre noviembre de 2025 y febrero de 2026.
Velázquez se encuentra detenida desde marzo de este año. La condena comprende hechos de hurto simple, hurto en grado de tentativa y dos hurtos en concurso real.
La audiencia fue presidida por el juez de Garantía Nº 1, Juan Manuel Montiveros Chada. Por la Fiscalía de Instrucción en lo Penal Nº 3 intervinieron el fiscal Esteban Roche y la fiscal adjunta María José Guiñazú, mientras que Velázquez fue asistida por la defensora oficial en lo Penal Nº 3, Cecilia Cabello.
Tras verificar el cumplimiento de los requisitos previstos para el procedimiento abreviado, Montiveros Chada homologó el acuerdo y dictó la sentencia condenatoria.
LOS HECHOS
El primero ocurrió el 12 de noviembre de 2025, alrededor de las 16:40, en un minimarket ubicado sobre calle Rivadavia de la ciudad de San Luis. Según la investigación fiscal, Velázquez ingresó al comercio y solicitó distintos productos. Mientras el encargado preparaba el pedido, aprovechó esos momentos para guardar en una bolsa perfumes en aerosol y una caja de golosinas. Luego manifestó que iría hasta su vehículo a buscar dinero para pagar, pero se retiró del lugar. La maniobra quedó registrada por las cámaras de seguridad del comercio.
Otros dos hechos ocurrieron los días 12 y 14 de enero de 2026 en el local comercial “De corazón”, ubicado sobre calle Pedernera. De acuerdo con la Fiscalía, en ambas oportunidades Velázquez ingresó al negocio y sustrajo distintas prendas de vestir para niños y bebés. Los hechos fueron registrados por las cámaras de seguridad del establecimiento y fueron calificados como dos hurtos en concurso real.
El cuarto hecho tuvo lugar el 16 de febrero de 2026, aproximadamente a las 22:05, en el minimarket “Al-Toke”. La investigación estableció que Velázquez guardó dos cajas de sahumerios en una bolsa de tela e intentó retirarse del comercio. Los encargados advirtieron la situación, impidieron que abandonara el lugar y dieron aviso a la Policía, que posteriormente concretó su detención. El hecho fue calificado como hurto simple en grado de tentativa.
Como sustento de los distintos hechos, la Fiscalía reunió denuncias, testimonios, registros de cámaras de seguridad, informes policiales, actas de allanamiento, secuestros de elementos y otras actuaciones incorporadas durante la investigación. Al momento de merituar la pena, se tuvo en cuenta que Velázquez tiene dos condenas anteriores por delitos similares, lo que agravó su situación.
QUÉ ES UN JUICIO ABREVIADO
El juicio abreviado es un procedimiento que permite resolver una causa penal sin llegar a un juicio oral y público. Se basa en un acuerdo entre la Fiscalía, la persona imputada y su defensa, que comprende los hechos atribuidos, la responsabilidad, la calificación legal, la pena y la prueba reunida durante la investigación.
Lo que se abrevia es, principalmente, la etapa de producción de esa prueba ante un tribunal, debido a que las partes acuerdan previamente cuáles son las evidencias que sustentan el caso y no resulta necesario debatirlas durante un juicio.
Antes de resolver, el juez debe verificar que la persona imputada comprenda el alcance del acuerdo y lo acepte de manera libre y voluntaria.
Asimismo, se consulta a la víctima o persona damnificada para conocer su opinión sobre la propuesta, aunque su postura no es vinculante. Finalmente, corresponde al juez controlar que se cumplan los requisitos legales y decidir si homologa el acuerdo.











